Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Colprensa

sábado, 28 de junio de 2014

A finales del mes pasado el presidente de la Corte Constitucional, Luis Ernesto Vargas Silva, informó que era exequible el proyecto de Ley Estatutaria que busca regular el derecho fundamental a la salud. Aseguró que es un proyecto garantista, que le apuesta a la progresividad de los derechos y, fundamentalmente, al de la salud de los colombianos.

“Este es el primer estatuto de los derechos sociales después de la Constitución de 1991”, sostiene orgulloso el ministro de Salud, Alejandro Gaviria.

Con este, la ley resolverá el llamado ‘paseo de la muerte’, por cuanto las autorizaciones administrativas que se requieren en algún tratamiento de salud quedaron proscritas para los casos del servicio de urgencias. “La tutela no corre peligro con la Ley Estatutaria”, asegura el Ministro, quien sí reconoce que se debe esperar a que se conozca la sentencia de la Corte para tener certeza de su alcance.

¿Cuál es el alcance de la Ley Estatutaria?
La respuesta tiene dos partes: una sobre los temas prácticos y otra que vale la pena hacer sobre por qué, conceptualmente, es importante. Colombia ha tenido leyes estatutarias para defender derechos fundamentales, pero esta es la primera en un derecho económico, social y cultural. Lo segundo que se debe decir es que había dos formas de definir las reglas de juego del sector. Unas venían con las diferentes leyes que se han aprobado, decretos, y otras de la jurisprudencia de la Corte Constitucional. La Ley Estatutaria es, de alguna manera, una norma donde se encuentran las dos cosas. También es importante decir que todas las leyes tienen un valor literal y un valor simbólico, esta es una ley que tiene como origen una propuesta que hace la Gran Junta Médica al Gobierno y al legislativo, y podríamos decir, a la sociedad, y eso es importante.

Y la importancia en temas prácticos…
Un tema reiterado es la prohibición de las autorizaciones para servicios de urgencias, lo que tienen consolidado los Estados Unidos y que no es incompatible con un sistema de participación del sector privado. El hecho de que la regulación de los precios de los medicamentos se convierta en política de Estado también es relevante y tal vez el tema más importante tiene que ver con la forma como se van a ampliar y a definir los beneficios. Nos vamos a mover necesariamente a un plan que es más implícito que explícito, va a estar más definido por lo que no está que por lo que está. Eso va a mejorar el sistema. Creo que el gran desafío que impone la Ley Estatutaria es cómo hacer compatible el derecho fundamental con el tema de sostenibilidad, con un plan de beneficios que va a ser más amplio.

La Corte señala que la sostenibilidad fiscal no podrá ser obstáculo para garantizar el derecho de acceso a la salud ¿Cómo lo logrará el Gobierno?
En ese tema no hay ninguna sorpresa, lo que la Corte está haciendo es reiterando el artículo 337 de la Constitución, que dice que la protección individual de los derechos, aquella que se da vía tutela, no puede en esa protección individual subordinarse a los temas de sostenibilidad fiscal. Éramos conscientes de eso. El principio de sostenibilidad que estaba en la Ley Estatutaria tenía eso. La Corte Constitucional está simplemente reiterando un principio.

Pero, ¿qué está pensando el Gobierno para lograrlo?
Tenemos que hacer compatible el Plan, más implícito, definido más con base en exclusiones que en inclusiones en relación con el derecho fundamental. Tenemos dos años para definir el mecanismo.

Al hundirse la reforma de la ley ordinaria, ¿qué pasa con los cambios que se esperaban hacer?
Había temas que estaban en la ordinaria y que desarrollaban aspectos de la Ley Estatutaria. Esos temas, por ejemplo, de cómo vamos a hacer el mecanismo para definir las exclusiones y cómo es el proceso de participación, ya no necesitan estar en un proyecto de ley ordinaria, pueden hacerse como reglamentación de la Ley Estatutaria, es una tarea para el próximo periodo presidencial. He cambiado también de opinión, alejándonos un poquito de la Ley Estatutaria, en el sentido de lo que debe ser el proceso reformista en este sector. Creo que plantear la gran reforma con mayúscula es una locura. Nos debemos centrar más bien en el mejoramiento gradual, si se va a plantear una reforma legislativa tiene que ser una reforma puntual, casi que concentrada en un aspecto específico, una solución concreta para un problema. La economía política que se deriva de plantear una reforma con mayúscula es nociva para el sector. Genera incertidumbre, agudiza los intereses particulares, genera una discusión demasiado ideologizada, que en el fondo se vuelve una discusión insulsa, porque es de extremos ideológicos. Esa es la reflexión que nos queda no solo al Ministerio, al Gobierno sino a todo el sector, como experiencia de lo que pasó.

Entonces, no se pueden hacer grandes reformas
En un sector tan complejo como la salud las grandes reformas no tienen mucho sentido, por lo menos en esta coyuntura, no sé si más adelante las cosairán cambiando. Concibo las reformas sociales que necesita el Congreso cuando uno necesita definir los grandes parámetros de un contrato social. Si usted va a cambiar la edad de pensiones, pues de pronto no tiene alternativa distinta que hacer la gran reforma, que es compleja, porque son los parámetros de un contrato social; una reforma a los impuestos también tiene que pasar por el Congreso, pero cuando los aspectos que están en juego son regulatorios, eso no es un tema para el legislativo. Es un tema que se debe definir en otras instancias. Cuando usted lleva los aspectos regulatorios al legislativo los vuelve una discusión muy compleja.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.